Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 1ª) Sentencia núm. 15/2001 de 18 de mayo Arp 2001/602 En esta sentencia, se condenó a un detective privado, que es contratado por una mujer, para intervenir en las conversaciones telefónicas de su marido, debido a sus sospechas de infidelidad. Este detective encarga a una tercera persona para la instalación de aparatos de interceptación y grabación de conversaciones en tres teléfonos del colegio en el que trabajaban la mujer y su marido. También implican a la secretaria de la mujer que, con conocimiento de los hechos, colaboraba con labores de porteo de las cintas en las que se habían hecho grabaciones. El tribunal, considera que se vulneran la intimidad tanto del marido como de las terceras personas que mantuvieran una converación con él, y de la pluralidad de personas que utilizaran uno de los teléfonos interceptados, al tratarse de un teléfono público. Finalmente condenan a cinco de las personas implicadas en estos hechos. Al detective en especial lo condenaron por cuatro delitos del artículo 197 del Código Penal, dos de ellos consumados y dos en grado de tentativa
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