jueves, 31 de marzo de 2011

Vigilancia en el trabajo

Lidl espía a sus empleados con minicámaras

* Una portavoz de la cadena responde que son prácticas contra hurtos y no contra sus empleados
* Los informes publicados contienen información sobre la vida amorosa de los trabajadores
* Un documento describe a una empleada como 'introvertida y de aspecto ingenuo'

EFE

BERLÍN.- La cadena alemana de supermercados Lidl utiliza minicámaras para conocer cómo son y cómo actúan sus trabajadores. Según ha denunciado el semanario germano 'Stern', estas prácticas han derivado en numerosos informes internos en los que se vulnera el derecho a la intimidad de las personas, aunque la portavoz de la compañía Petra Tabert afirma que estas medidas "no tienen como fin espiar a los empleados, sino detectar posibles comportamientos erróneos".

La mayoría de los partes internos de Lidl a los que ha tenido acceso el semanario proceden de filiales en el estado federado de la Baja Sajonia y, en menor medida, de Renania-Palatinado, Berlín y Schleswig-Holstein.

Entre los datos recabados aparecen, con día y hora, la frecuencia con la que los trabajadores visitan el servicio, las relaciones amorosas entre ellos y valoraciones de personalidad.

El protocolo consiste en que un equipo de detectives se desplaza a cada filial a primera hora del lunes. Allí instalan entre cinco y diez cámaras en miniatura antes de la llegada de los trabajadores y en presencia del director de la filial, a quien aseguran que tienen como fin detectar los clientes que roban.

Sin embargo, los detectives al servicio de Lidl dedican sus actividades observadoras a controlar minuciosamente el trabajo de los empleados y apuntar incluso rasgos de personalidad con frases como "introvertida y de aspecto ingenuo", según revela 'Stern'.

El responsable estatal de la protección de datos, Peter Schaar, ha expresado su total rechazo a las prácticas de Lidl porque las considera un grave atentado contra la intimidad.

Igualmente sorprendido por las revelaciones de 'Stern' se ha mostrado el dirigente del sindicato de servicios 'Ver.di', Achim Neumann, quien subraya que "esta dimensión me es completamente nueva".

Los expertos consultados por la revista coinciden en destacar que las prácticas de espionaje de Lidl atentan claramente contra el artículo segundo de la Constitución alemana que se refiere al libre desarrollo de la personalidad.

Además de operar en Alemania, la cadena de supermercados dispone de varias filiales en numerosos países europeos, incluida España.

Fuente:

ElMundo.

5 comentarios:

  1. Vista la noticia, esta practica vulnera el derecho a la intimidad de las personas, pero como se puede leer, la interpretacion es libre y el empresario puede decir que era para la prevencion de robos por los empleados, aunque los informes revelen que habia datos incluso de la vida amorosa de los empleados.

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  2. Constitución alemana que se refiere al libre desarrollo de la personalidad.

    Abria que ver algo mas de la Constitución alemana porque el articulo que dicha Constitución en su apartado 2 al cual se refiere al desarrollo de la personalidad, no afecta al desarrollo del trabajo, y si lo han colocado para la seguridad, y desarrollar la personalidad creo que no se desarrolla en el trabajo. Que intimidad puede haber en un puesto de cajera.

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  3. Esta claro que estamos hablando de un país distinto al nuestro y que se aplicarán otro tipo de leyes, pero desde mi punto de vista me parece una absoluta falta de respeto, primero y un atentado brutal contra el derecho de la Intimidad y el Honor.. Si en algún momento se avisara de la colocación de las cámaras, podría llegar a entenderlo, pero actuando de esta manera, parece que la empresa se quiere centrar en el trabajador, y no en los posibles hurtos, tal y como dice el portavoz de ésta.

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  4. Opino lo mismo que tu Julio.Si de verdad la intención de la empresa es para prevenirlos posibles hurtos, no hubiesen aparecidos informes que revelan la actitud o personalidad de sus trabajadores.CLaro atentado contra el honor y la intimidad de los trabajadores.

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  5. Aquí en España se pueden instalar cámaras para el control empresarial, según el art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores donde "faculta al empresario para adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana
    y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su
    caso. Entre estas medidas puede estar la captación y/o tratamiento de imágenes
    sin consentimiento", ahora bien todo ello está sometido a la LOPD y a la Instrucción 1/2006 donde se específica que se "respetará de modo riguroso el principio de proporcionalidad" y se limitará a "los espacios indispensables para satisfacer las finalidades de control laboral", no pudíendose utilizar "para fines distintos de los propios del control laboral", respetando el derecho a la intimidad y los espacios vetados como baños, vestuarios, taquillas o zonas de descanso.

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