Determine en qué lugares pueden emplazarse y en cuales no. Justifíquelo:
1. En el sótano, donde aparcan los vehículos de los profesores y personal de administración y servicios
2.En los pasillos
3. En los lavabos
4. En la dependencia del conserje
5.En la ventanilla, dónde se atiende a los estudiantes
6.Filmación e identificación como requisito para acceder a un edificio público
7.Filmación e identificación como requisito para acceder a un edificio privado
8. En el despacho del Decano
9.En el despacho de los profesores
10.En la calle
11.En un aula dónde se imparte clase
1. Si, para evitar robos o daños en vehículos y en caso de cometerse poder identificar a los culpables.
ResponderEliminar2. Si, por seguridad, para evitar daños.
3. No, atenta contra la intimidad.
4. No, si es el lugar donde desarrolla su intimidad, domicilio, en caso de que sea unicamente lugar de trabajo, dependerá de la motivación que se de, si se han cometido actos vandalicos contra el mismo...
5. Si, siempre que haya cartel que informe al usuario, la motivación seria evitar mal comportamiento freante al funcionario.
6. Si, por motivos de seguridad y en evitación de comision de presuntos delitos.
7. Si, ya que el acceso es restringido a propietarios.
8. Siempre con consentimiento del decano para su seguridad. Sino prevalece el derecho a la intimidad y a la libertad de catedra.
9. siempre con consentimiento del profesor para su seguridad. Sino prevalece el dercho a la intimidad y a la libertad de catedra.
10. Si para el control del tráfico de vehículos y personas. Y para evitar la comisión de actos vandalicos.
11. No, prevalece la libertad de catedra y el derecho a la intimidad de los estudiantes.
Aquí os envío una sentencia en relación a los puntos 4, 5, 6, 7, 8, 9, y 11 de la actividad que nos plantea el profesor.
ResponderEliminarSi bien se puede tener en cuenta que os haga una síntesis de lo ocurrido;
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dicho que instalar cámaras de video-vigilancia en el lugar de trabajo para controlar los posibles incumplimientos laborales de los trabajadores y como medida de seguridad frente a posibles robos es una medida adecuada siempre que se respete la intimidad de los trabajadores.
T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL
VALLADOLID
SENTENCIA: 01479/2006
C/ANGUSTIAS S/N
N.I.G: 47186 34 4 2006 0101502 MODELO: 46050
RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001479 /2006
Materia: DERECHOS FUNDAMENTALES
Recurrente: Francisco Y OTROS
Recurrido: ARO AUTOMATISMOS, S.A., MINISTERIO FISCAL
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de VALLADOLID DEMANDA 0000129
/2006
1.Si para evitar que se puedan cometer robos o hurtos en los vehículos y de ser así poder identifiar a los infractores,o daños en las instalaciones.
ResponderEliminar2 y 5.Si se podrá para evitar posibles daños y dar seguridad ya que es una zona común y no se debe ejercer ningún tipo de intimidad, siempre que esté debidamente señalizado con el cartel pertinente.
3.No en ningún caso ya que en esa ubicación se desarrolla intimidad y por tanto atentaría contra la misma.
4.No si en esa dependencia el conserje desemplea parte de su intimidad, que no creo que sea el caso, ya que está todo acristalado y visible a todos.
6. Si si como seguridad se utiliza para evitar la comisión de hechos delictivos y en caso de que sea así, descubrir a los autores.
7.Si en todo caso, siempre que esté debidamente señalizado, ya que es una propiedad privada.
8-9 y 11.No porque atentaría contra el derecho a la intimidad en los 3 casos.
Y en los despachos, si es por motivo de seguridad y con consentimiento del decano y los prefesores respectivamente si.
10.No si entendeos la calle como la vía pública sin ser zona que afecte a la universidad.
1) Si, siempre que el fin de las mismas sea evitar la comision de posibles robos y que se encuentre debidamente señalizadas.
ResponderEliminar2) y 5): No, ya que si no hay causa justificada para instalarlas, entiendo que vulneraría el derecho a la intimidad.
3) No, ya que vulnera el derecho a la intimidad de los alumnos.
4)No, ya que vulnera el derecho a la intimidad de los trabajadores.SI, siempre que exista causa justificada y que tal medida sea necesaria e idonea para conseguir el motivo por el cual se han instalado.(infracción penal o disciplinaria del trabajador)
6y7)Si, siempre que esté justificado y que de esta forma se garantice la seguridad del edificio.
8) y 9): No, y en su caso si está autorizado por los profesores.
10)No, ya que debe de existir una causa para ello.
11)No, ya que vulneraría el derecho a la intimidad de los alumnos y del profesor.
De los anteriores supuestos pienso que :
ResponderEliminar1 y 10. Si, para evitar posibles desperfectos, hurtos, o posibles actos vandálicos.
2 y 4. Si, para ofrecer mayor seguridad .
3. No, porque atenta contra el derecho a la intimidad.
5. No, porque creo que no es una zona de riesgo como para instalar una cámara.
6 y 7. Si, por posibles intrusismos en dichos lugares, y por seguridad en los edificios.
8. Si , si el decano lo consiente, por mayor seguridad para él.
9 y 11. No creo que sea necesario, pero viendo el panorama actual de las aulas de los institutos, tampoco veo inconveniente en que las pusieran, me parece que no atenta a ningún derecho individual.
En primer lugar para la instalación de las cámaras hay que tener presente los motivos de su instalación. Referente a los lugares que se exponen de la facultat, en los publicos como garaje, pátio o zona comun, siempre y cuando este justificado por que se han cometido actos vandálicos y se deba de proteger tanto los vehículos (garaje) o zona de uso, espacío público, y no exista otro medio para poder controlar o prevenir dichos actos. En relacion con despachos, aulas y otros lugares cerrados, debería existir autorización de la persona donde ejerza la actividad, titular del despacho, y además habría que tener en cuenta la utilizacióh de ese despacho por personas que acudan a el para realizar cualquier conducta, pregunta o situación furera del motivo por el cual se ponen las cámaras. Si el titular del despacho solicita la cámara por que tiene miedo por que se produzca alguna agresión en el transcurso de alguna visita, si, pero si es por que se producen desperfectos durante la noche cuando no hay actividad, no. principalmente lo que se protege es la intimidad, la imagen de las personas. A no ser controladas en todo momento por cámaras, a poder ejercer libremente sus acciones sin ser controladas u observadas.
ResponderEliminar1, 2 y 6 además de grabar los actos delictivos, las cámaras cumplen una función disuasoria y con su instalación los incidentes bajan, además de mejorar la actitud de las personas.
ResponderEliminar3. no porque atenta contra la intimidad de la persona.
4.artículo 20 del Estatuto de los trabajadores “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”. Dependerá si en esas dependencias desarrolla su intimidad.
5.sí, si se informa a los estudiantes de la medida tomada.
7. sí, si el acceso al edificio es de forma restringida al personal.
8 y 9.si el Decano por una razón de seguridad, se tiene que instalar de la forma menos agresiva posible para que sea lo menos instrusiva en la privacidad de las personas.
10.siempre que sea para la protección exterior de edificios oficiales, es decir la vigilancia de las vías públicas en la que se ubican los mismos; el control del tráfico rodado en vías urbanas e interurbanas.
11. no porque vulneraria derecho a la intimidad de los alumnos y libertad de expresión por parte de los profesores.
Reflexión sobre 8 y 9:
ResponderEliminarSi, se puede, siempre y cuando:
1.- El fichero de videovigilancia esté debidamente declarado en la AGPD.
2.-Se haya informado a los empleados (Decano, profesores) del uso de la cámara y siempre que sea con la finalidad de videovigilancia y/o control de accesos.
3.- No grabe sonido.
El uso de cámaras siempre se hará teniendo en cuenta la proporción entre lo que se va a asegurar y la pérdida de intimidad, se utilizarán la cámaras siempre que no haya ningún otro medio que ataque en menor grado la intimidad.
pregunta 1:
ResponderEliminarsi que podría siempre y cuando se realice por empresa de seguridad con la correspondiente autorización del Ministerio del Interior y con la autorización de la institución. los motivos podrían ser por evitar actos vandálicos, por motivos de seguridad, por el control de vehículos que acceden a la universidad, pero siempre cumpliendo con la normativa e informando a las personas de que van a entrar en un recinto en el cual hay aparatos de captación y grabación de imágenes
pregunta 1:
ResponderEliminarsi en los garages es un sitio habitual de instalación y además que viene cubierto legalmente
pregunta 2:
ResponderEliminaren los pasillos igualmente que en la pregunta anterior
pregunta 3:
ResponderEliminaren los lavabos bajo mi punto de vista vulneraría la intimidad personal ya que dicha intimidad tiene cobertura constitucional y es un lugar dónde se realizan necesidades fisiológicas
pregunta 4:
ResponderEliminaren las dependencias del conserje se podrían instalar dichas camaras siempre y cuando sea su puesto de trabajo pero nunca en donde realice sus funciones de residencia, o sea, no en lo que sería su domicilio
pregunta 5:
ResponderEliminarsi sin ningún problema
pregunta 6:
ResponderEliminarsi pero con matices, ya que se debería avisar de la grabación de imágenes con el cartel distintivo y ya que también se puede identificar mediante otros medios en los cuales no hace falta la grabación de imágenes
pregunta 7:
ResponderEliminarsi siempre que haya conformidad de la persona que entre aunque también debería estar informado con el cartel distintivo
pregunta 8.
ResponderEliminarsi que podría ser pero siempre bajo mi punto de vista sin grabación de sonido
pregunta 10
ResponderEliminarsi para el control del tráfico y vehículos para sancionar infracciones siempre pensando que son cámaras de la DGT
pregunta 11
ResponderEliminarno en las aulas no ya que prevalecería el derecho a la intimidad de los estudiantes y no hay motivos de seguridad para ello
Antes de la instalación se debe de realizar la evaluación de los principios de no vulneración de los derechos fundamentales como la intimidad, el honor, si no también atender a los principio de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Por tanto 2 ejemplos: 3. En los lavabos: atenta primero al derecho de la intimidad, y segunda cuestión no es idonea por dicha atentado. Cosa distinta es que en las zonas comunes de accesos a lavabos siempre que no grabe dentro de los mismos, podría ser lícita la instalación dado que se realizaría bajos los tres principios comentados. Igualemnte sucedería con el punto 1. En el sótano, donde aparcan los vehículos de los profesores y personal de administración y servicios. Siempre y cuando la videograbación cumpla los requisitos de los tres principios y la instalación cumpla con los requisitos de información y publicidad de la instalación, sería lícita la videovigilancia (sin entrar en otros detalles de los que marca la Ley de Seguriad Privada y resto de normas en dicha materia).
ResponderEliminar1.- En mi opinión sí, por motivos de seguridad ciudadana a la hora de protegerlos vehículos y posbles agresiones en los garajes.
ResponderEliminar2.- Sí, por seguridad ciudadana como prevención.
3.- En mi opinión es contrario al derecho de intimidad.
4.- depende si es interno o no(Domicilio), si no es domicilio debería de motivafrse.
5.-Sí, con los respectivos carteles de aviso hacia los ususrios de las ventanillas.
6.-Sí, por motivos de seguridad y prevencion.
7.-Sí, el acceso debe de ser restringido a propietarios.
8.-Debe de prevalecer el derecho a la intimidad.
9.-Derecho a la intimidad.
10.-sí, por motivos de control y regulación del tráfico rodado y preservar la seguridad ciudadana.
11.-No, prevalece el derecho a la intimidad de los estudiantes y la libertad del profesor a la hora de ejercer, a no ser que sea por motivos de seguridad colectiva debidamente motivado.
1. Sí y estoy totalmente de acuerdo, es una zona común, alguien puede dejarse la puerta abierta, o pueden forzarla para realizar robos, daños, etc.
ResponderEliminar2. Pasillos entiéndase como zonas comunes, deberían de haber carteles identificativos al respecto, informando de su existencia, creo que podrían ponerlas pero me parece excesivo según mi opinión.
3. En los lavabos vulneraría nuestro derecho a la intimidad, rotundamente, no.
4. Entiendo que sí, porque si el conserje se encuentra en ese espacio es por trabajo, no desarrollando su intimidad o vida privada. ahora eso sí, deberían de pedirle permiso.
5. Creo que sin problemas, siempre que se informe debidamente al público en general.
6. Sí, si sobretodo es zona de gran confluencia. pero deben avisarte antes con carteles. normalmente, en las urbanizaciones te graban al entrar tu coche y la matrícula. y también al salir.
7. Si, según la respuesta anterior.
8 y 9. Creo que ellos tendrían la última palabra, y tendría que estar convenientemente justificado (posibles actos delictivos o que atenten contra la facultad, fraudes, estafas, etc.)
10. De hecho, las hay por todas partes. por supuesto.
11. No , en eso estaría completamente en desacuerdo. nos coartarían a todos.