Aporto al blog esta sentencia sobre el secreto profesional de los detectives privados y de su comparación con el secreto profesional de otros colectivos. Me parece muy clarificadora y de inedudible estudio para el tema que tratamos STS (Sala de lo contencioso-administrativo, sección 5) 19 de febrero de 2008, nº recurso 167/1995
. http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=154052&links=&optimize=20080508
Escuela de detectives con el comisario Casal
Hace 15 años
Rubén esta ha sido muy buena aportación, la verdad es que tras haber leido la setencia los conceptos de el secreto profesional quedan mucho más claros.
ResponderEliminarPor ejemlo que la LECRIM otorga a los abogados la potestad de no delatar a sus clientes , mientras que los detectives privados tienen la obligación de denunciar, además de auxiliar a las fuerzas y cuerpos de seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles colaboración y de seguir sus instrucciones en relación con las personas, los bienes, establecimientos p vehiculos de cuya protección, vigilancia o custodia estuveren encargados.
en conclusión que los detectives privados en el SECRETO PORFESIONAL no estan amparados por la constitución ni ninguna Ley.