Normas principales sobre secreto profesional:
- Art. 20.1.d y 24 de nuestra carta magna.(el 24 más para abogados y procuradores)
- Secreto profesional abogados, art. 542 LOPJ y 32 EGAE (estatuto abogados españoles)
CÓDIGO DEONTOLÓGICO:
Artículo 1 (mandato genérico de acatar los principios éticos y deontológico del EGAE, del Código Deontológico Europeo y del propio Código Deontológico).
Artículo 5 (regulación específica del secreto profesional).
Regulación penal: código penal español, arts. 199 y 201.(éste último hacer referencia a la perseguibilidad)
Códigos deontológicos de determinadas profesiones: policial, detectives, médicos, abogados , etc.
Escuela de detectives con el comisario Casal
Hace 15 años
No hay comentarios:
Publicar un comentario