domingo, 1 de mayo de 2011

admitida la videovigilancia en Juicio

Hola buenas tardes aquí os dejo la noticia y el enlace en la que se admite la videovigilancia en un juicio para despedir de forma procedente a un empleado.

Domingo, 01-05-2011 | Actualizado a las 16:12 h.
CINCO DÍASVisor El Tribunal de Valencia admite la videovigilancia como prueba en un juicio

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado el despido de un camarero de tren que vendía a los pasajeros su propio café y bocadillos de jamón hechos por él mismo no los que ofrecía la empresa, rellenaba botellas de agua que servía y reutilizaba cucharillas de plástico. Según la sentencia, ésta y otras irregularidades fueron descubiertas en 1999 por la empresa para la que trabajaba, Wagons-Lits, que instaló cámaras y utilizó detectives que hicieron el trayecto Cartagena-Montpellier para probar la conducta del empleado.

Redacción - 17/01/2002

La Sala de lo Social de este tribunal confirma el despido, declarado procedente por el Juzgado de lo Social número 4 de Alicante, y contra el que el camarero presentó un recurso, al entender que las pruebas obtenidas con cámaras no debieron ser admitidas por vulnerar sus derechos fundamentales. El sistema de grabación y la investigación de los detectives permitieron descubrir que el camarero introducía en el tren embutidos, pan, azúcar y café, entre otros productos, para comercializarlos en beneficio propio. El trabajador manipulaba las cucharillas de plástico, los sobres de azúcar y el café para hacer que coincidieran los cafés servidos con los azucarillos utilizados, sin dejar constancia de las ventas reales de café, para quedarse con el dinero. La Sala descarta que el procedimiento de obtención de pruebas contra el camarero -la utilización de cámaras- "haya producido lesión alguna del derecho a la intimidad", ya que la medida "no resulta arbitraria ni caprichosa, ni se pretendía con la misma divulgar su conducta".

La resolución subraya el comportamiento "fraudulento y continuado del trabajador", que pudo haber causado "graves perjuicios a la empresa, dadas las prácticas comprobadas de falta de medidas de higiene en la oferta de los productos, así como la otra grave irregularidad de ventas para beneficio propio", lo que justifica el despido y la desestimación del recurso presentado por el trabajador.



http://www.cincodias.com/articulo/gestion/Tribunal-Valencia-admite-videovigilancia-prueba-juicio/20010205cdscdiges_2/

1 comentario:

  1. Pues me parece muy acertada la medida utilizada así como la sentencia, no obstante me quedo con la eterna duda en la que unos profesionales dicen una cosa y otros otra, en referencia a ¿deberían haber avisado al empleado de la colocación de cámaras de seguridad?

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