jueves, 14 de abril de 2011

Abogados de empresa no estan amparados por la confidencialidad. www.zfinanzas.es

Los abogados de empresa no están amparados por la confidencialidad

A través de la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea (TUE ) se concluye que los abogados que ejercen sus funciones dentro de una empresa no están obligados a mantener la confidencialidad de sus conversaciones con sus clientes, dentro del ámbito de derecho comunitario sobre competencia.

El asunto tiene su orígen en el famoso recurso presentado por AKZO NOBEL (2003) juicio donde la Comisión Europea ordenó a la empresa y a su filial AKROS CHEMICALS recabar pruebas para verificar si se había incurrido en posibles prácticas contrarias a la libre competencia.

Al examinar la documentación confiscada en las empresas se encontraron dos copias escritas de dos correos electrónicos entre el Director General y el coordinador de Azko Nobel, un abogado perteneciente al colegio de abogados holandés que formaba parte del gabinete jurídico de Azko Nobel, además empleado por la compañía.

Ante ello el TUE ha dado recientemente la razón al demandado, y ha resuelto que efectivamente las comunicaciones no están protegidas por el derecho a la confidencialidad entre abogados y clientes.

El tribubal de Justicia de la Unión europea sostiene que aunque un abogado está sometido a un principio de secreto profesional, considera que la dependencia entre el abogado interno y el estrecho vínculo con su empresa hace que posea una independencia profesional similar a la de un abogado externo, también sostiene que en las legislaciones de los países comunitarios no hay una tendencia clara a favor de reconocer el beneficio de la protección de la confidencialidad de las comunicaciones de los letrados de empresa.

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